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Los seguros de pensiones Asegurados son una forma sencilla  y segura para el ahorro flexible, dirigido a personas que deseen complementar la prestación de la Seguridad Social o recibir una pensión de jubilación.

CARACTERISTICAS:

Rentabilidad garantizada, que nunca podrá ser inferior a lo contratado.
Convertir tu Capital Asegurado en la jubilación con posibilidad de convertirlo en renta.
flexibilidad en el diseño del plan de ahorro siendo el propio asegurado el que decide, y teniendo la posibilidad de:
- Tú indicas el importe de la prima cada momento.
- Paralizar  o reiniciar tu contrato cuando lo creas necesario.
- Realizas aportaciones extraordinarias en cualquier momento.

Otras ventajas:

-Posibilidad de rescatar parcial o totalmente en caso de enfermedad grave o desempleo de larga duración del asegurado.
-Posibilidad de traspasar el saldo de la póliza a otro  plan incluso de otras entidades.
Capital en caso de fallecimiento o invalidez: primas pagadas capitalizadas al interés mÌnimo garantizado.
Déjate llevar por tus asesores SECURE, velamos por  tus intereses. Solicítanos tu plan personalizado y comienza a ahorrar.

FISCALIDAD:
De las primas:
Las primas aportadas reducirán directamente la Base Imponible del asegurado en el IRPF,pudiendo ahorrar hasta un 45% en impuestos: para personas de hasta 52 años, la reducción de la Base Imponible no podrá exceder de 8.000 € . A partir de los 52 años, el límite de 8.000 €  se incrementa en 1.250 € por cada año que excea de la edad de 52 años, con el límite máximo de 24.250 €  a los 65 años o más.

De las prestaciones:
A) Si se recibe en forma de renta, ésta tributará en el IRPF como Rendimiento del Trabajo Personal. Las personas con discapacidad tendrán derecho a una reducción de hasta dos veces el salario mínimo interprofesional.

B) Si se recibe en forma de capital, tributará en el IRPF en el año fiscal de su cobro, como Rendimiento del Trabajo Personal, con las siguientes ventajas fiscales:
- Si se percibe al cabo de dos años desde el pago de la prima, estará exento de tributar el 40% del capital.
- Las personas con discapacidad tendrán una reducción del 50%.
 

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